Nueva Ley de Apoyo a las Personas con Discapacidad
El 3 de septiembre de 2021 quedará marcado como el día en el que las personas con discapacidad en España pudieron dar un paso más en lo que al ejercicio de su capacidad jurídica se refiere. Todo ello gracias a la reforma de la legislación civil y procesal que ha quedado reflejada en la nueva Ley de Apoyo a las Personas con Discapacidad. Y en Vegas Legal os lo contamos todo sobre esta nueva Ley
Índice
¿A qué se debe la nueva Ley de Apoyo a las Personas con Discapacidad?
La Ley 8/2021, de 2 de junio, surge de la reforma de la legislación hasta entonces existente. Esta entró en vigor el 3 de septiembre del citado año.
El motivo de este cambio era la necesidad de adecuar las leyes a lo dispuesto en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Dicha convención se trata de un instrumento de carácter internacional sobre los derechos humanos de las Naciones Unidad o el derecho internacional de derechos humanos.
Su objetivo es proteger la dignidad y los derechos de las personas con discapacidad. Todo ello, garantizando que estas gocen de igualdad ante la ley.
Este texto fue aprobado el 13 de diciembre del año 2006 en Nueva York por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Luego, sería abierto para su ratificación a los 192 Estados miembros, entrando en vigor el 3 de mayo de 2008.
Dentro de sus artículos, el que merece ser destacado en este caso es el número 12. Este artículo establece que toda persona discapacitada posee capacidad jurídica de igual manera que las demás, en todos los aspectos de su vida.
Adicionalmente, se insta a los Estados miembros a adoptar las medidas necesarias para proporcionar a estas personas el apoyo correspondiente que pudiesen necesitar para ejercer esa capacidad jurídica.
Con el fin de adecuar nuestra normativa a todo lo mencionado en dicho artículo, se dio la reforma reflejada ahora en la Nueva Ley de Apoyo a las Personas con Discapacidad.
La importancia de esta nueva ley
La relevancia de esta nueva ley viene otorgada por los siguientes aspectos:
- Se quiere lograr que las medidas concernientes al ejercicio de la capacidad jurídica de la persona con discapacidad respeten su voluntad, sus derechos y sus preferencias.
- Que dichas medidas sean adaptadas y proporcionales a las circunstancias de la persona.
- Que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida.
- Se pretende lograr la aplicación de las medidas, para cada caso, en el plazo más corto posible.
- Se pauta una revisión periódica de las medidas por parte de la autoridad judicial competente.
En definitiva, el fin de esta ley es simple: pasar de una regulación donde la idea central era la incapacitación, a una nueva ley donde lo importante sea apoyar a quien lo necesite.
Proveer esos apoyos solo podrá conducir hacia una resolución judicial que instaure los actos para los que las personas con discapacidad requieran soporte. En ningún caso conducirá a la declaración de incapacitación o privación de derechos (patrimoniales, políticos o personales).
Medidas de apoyo para personas con discapacidad en esta nueva Ley
Como se mencionaba, con la nueva Ley de Apoyo a las Personas con Discapacidad lo que se pretende es pasar a un sistema cuya idea principal es instaurar medidas de apoyo a aquellas personas que las precisen.
Para ello, se las considerará titulares del derecho de su propia toma de decisiones. Un derecho que debe ser respetado como derecho humano.
Con ese objetivo, en el caso de las personas, con independencia de si su discapacidad ha sido reconocida administrativamente o no, que requieran apoyo, con la nueva regulación se eliminan:
- La tutela. Esta será solo una medida exclusiva para menores de edad en los supuestos en los que sea imposible la patria potestad.
- La patria potestad rehabilitada.
- La patria potestad prorrogada.
Además de esto, se dará preferencia a las medidas voluntarias. Estas son las que tome la propia persona, dispuestas en escritura pública por ella como previsión de una necesidad futura.
Entre ellas están:
- La autocuratela.
- Los poderes y los mandatos preventivos.
- Las medidas de administración.
Sumado a todo ello, la nueva Ley de Apoyo a las Personas con Discapacidad dispone las siguientes medidas voluntarias.
El defensor judicial
Previsto, especialmente, para cierto tipo de situaciones (imposibilidad de que la figura habitual de apoyo ejerza su actividad, conflicto de intereses, etc.).
Curatela
Es la principal medida de apoyo para las personas con discapacidad. Se aplicará de forma continuada si así se precisa, con una extensión determinada por resolución judicial.
Se pueden dar dos posibilidades:
- Por un lado, la curatela de representación (pensada para casos de gran necesidad de apoyo, excepcionalmente).
- Por el otro, la curatela de asistencia (fomenta la autonomía, aplicándose en personas con suficiente capacidad cognitiva para apoyarlas en actos jurídicos personales y patrimoniales).
Guarda de hecho
Se refuerza esta figura, transformándola en una institución jurídica de apoyo. También deja de ser una situación provisional si resulta apropiada para salvaguardar los derechos de la persona con discapacidad.
Si se requiere que el guardador actúe representativamente, necesitará obtener una autorización judicial ad hoc.
Modificación de las medidas actuales y anteriores a la nueva Ley de Apoyo a Personas con Discapacidad
Cualquiera de las medidas de apoyo establecidas de forma judicial puede ser revisada, también judicialmente, en un plazo de 3 años máximo. En casos excepcionales, dicha revisión puede hacerse en un plazo de hasta 6 años.
Adicionalmente, si se produjera cualquier cambio en la situación de la persona que requiriese de su modificación, esta sería posible.
En cuanto a las sentencias de incapacitación existentes antes de esta reforma, se pueden dar los siguientes supuestos:
- En casos de curatela, se pasaría a considerar la curatela de asistencia.
- Para personas con tutela definida, esta pasaría automáticamente a una curatela de representación.
- En los supuestos de prórroga y rehabilitación de la patria potestad, todas las sentencias se revisarán en un plazo de hasta 3 años. Esto, bien a instancia de parte o de oficio por petición de la Fiscalía.
La labor del notario en esta nueva ley
Teniendo en cuenta que las medidas resueltas buscan dar apoyo a las personas discapacitadas que puedan necesitarlo, la labor del notario en este ámbito cobra mucha relevancia.
Quienes necesiten establecer y aclarar pautas de ayuda para llevar a cabo actos como casarse, comprar o vender una propiedad o aceptar o rechazar una herencia, podrán acudir a los notarios.
Será responsabilidad de estos profesionales ejercer su labor adaptando las medidas a las necesidades que requieran estas personas, así como estableciendo salvaguardas. Todo al mismo tiempo que se respeta su libertad y voluntad.
Además, escuchar con detalle lo que desea la persona y conectar con ella será primordial en estos casos. En este aspecto, los notarios cuentan con la experiencia adquirida en su trayectoria profesional para saber detectar señales de riesgo.
Algunas de esas señales podrían ser contratos a favor de alguien que tenga un conflicto de intereses o disposiciones a favor de un cuidador que no sea familia.
Si se diese el caso, los notarios podrían contactar con el Ministerio Fiscal.
Con el sistema que había antes de esta nueva ley, solo existía la contraposición entre el blanco y el negro. Una persona con discapacidad era sustituida total o parcialmente por un tutor.
Sin embargo, la discapacidad puede tener muchos grados distintos. Eso significa que también hay “zonas grises” donde las nuevas medidas de apoyo podrán adaptarse mejor. Con más razón si se tiene en cuenta que se revisarán periódicamente, por lo que en Vegas Legal estaremos al tanto de cualquier adaptación que esta ley pudiera tener.
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