21 de octubre de 2021 In Derecho

Multa por saltarse el confinamiento: todo lo que ahora debes saber sobre ella

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Tras la declaración del primer estado de alarma más de un millón de sanciones fueron impuestas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Ahora, el Tribunal Constitucional ha declarado que varios artículos del Real Decreto 463/2020 (por el que se declara el estado de alarma) son inconstitucionales y por lo tanto, es normal que surja la duda: ¿Qué puede hacer un ciudadano ante una multa por saltarse el confinamiento? En Vegas Legal te explicamos todo sobre ello.

Multas durante el confinamiento: ¿Qué era motivo de multa?

Aquel 14 de marzo de 2020 la vida de los españoles cambió por completo cuando vieron limitados (o más bien, suspendidos) sus movimientos fuera del domicilio. La norma era no salir de casa salvo para los supuestos recogidos en el Real Decreto 463/2020.

Entre ellos estaba por ejemplo el acudir a un centro médico, realizar la compra de productos de primera necesidad, ejecutar gestiones bancarias, ayudar a personas dependientes y mayores, o volver al lugar de residencia

También se permitía salir de casa para ir al trabajo, pero desde el 30 de marzo hasta el 9 de abril solo podían acudir a su puesto los trabajadores esenciales. Estos eran aquellos que formaban parte de del mantenimiento de las funciones sociales básicas: seguridad, salud y el bienestar social y económico de los ciudadanos. Además, también se incluían como servicios esenciales los que proporcionaban el eficaz funcionamiento de las Administraciones públicas y las instituciones del Estado.

Quien pusiese un pie en la calle durante el confinamiento sin ser un trabajador esencial y/o no cumplía los supuestos exclusivos para poder salir del domicilio, podía ser multado.

Las infracciones mencionadas, así como las demás que se podían considerar como tal estaban catalogadas desde leves a muy graves. Sin bien es cierto que la multa por saltarse el confinamiento podía ir de los 600 a los 30.000€, en global, las otras sanciones que se podían imponer podían suponer un pago de 100€ a 600.000€ en los casos más graves.

¿Qué se puede reclamar tras la declaración como inconstitucional de aquel estado de alarma?

Para que el TC declarase como inconstitucional varios preceptos de la normativa aprobada durante el primer estado de alarma se ha amparado en que no se sometió a los ciudadanos a una limitación de derechos fundamentales (de movimiento en este caso), sino que se suspendieron.

Por ese motivo, se debió haber decretado el estado de excepción, un estado más severo y que requería del aval anterior del Congreso y no 15 días después de que fuese decretado por el Gobierno.

Debido a ello, la realidad ahora se ve muy distinta, especialmente para aquellos que recibieron una multa por saltarse el confinamiento.

Aunque gran parte de las sanciones impuestas no se cobraron, otras muchas sí lo hicieron. Tras la sentencia del Constitucional se abrió la vía a que las multas impuestas por no cumplir el confinamiento sean nulas y frente a aquellas que se pagaron, se pueda solicitar su reembolso.

Sin embargo, no todas las pérdidas económicas que supuso aquel confinamiento son reclamables. Por ejemplo, no está contemplada la reclamación al Estado por parte de los negocios de las pérdidas que sufrieron, pues tal y como se declara en la sentencia, los ciudadanos tenían el deber jurídico de soportar las medidas establecidas por el estado de alarma.

Qué hacer cuando la multa por saltarse el confinamiento ha llegado

Muchas multas impuestas han tardado muchísimo en tramitarse. De hecho, a principios del pasado mes de mayo, tan solo se habían tramitado un 5% del total de sanciones impuestas durante el primer estado de alarma.

Una vez la multa ha llegado, hay un plazo de un mes para recurrir la sanción administrativamente. Llegada esa vía a su fin, o alternativamente, existe la posibilidad de acudir a la vía judicial en un plazo de dos meses.

No obstante, y tal y como se ha comentado con anterioridad, todos aquellos procedimientos que aún se encuentren en trámite deberían ser archivados por la propia Administración.

¿Qué multas se pueden recurrir?

Para las multas que se impusieron o tramitaron en virtud de las medidas establecidas por el primer estado de alarma, hay tres posibles escenarios:

  • Procedimientos que aun se encontraban en trámite cuando se dictó la sentencia del Tribunal Constitucional: en estos casos se tendría que archivar el procedimiento administrativo, en caso de seguir la vía administrativa; o estimar el recurso, en caso de usar la vía contencioso-administrativa, no imponiendo finalmente la sanción.
  • Procedimientos administrativos que finalizaron imponiendo la sanción, pero cuya resolución no se recurrió en vía judicial: como la resolución es nula de pleno derecho en atención a la sentencia del Tribunal Constitucional, se podría solicitar la revisión de la misma para que se declare nula dicha resolución.
  • Procedimientos judiciales que finalizaron con sentencia firme: se podría revisar, pues en virtud de la sentencia del Tribunal Constitucional la sanción no se debería haber impuesto. En este caso se presenta la duda de si la revisión se hará de oficio por la propia Administración o por el contrario son los ciudadanos quienes deben solicitarla.

Devolución del dinero de la multa por saltarse el confinamiento: ¿es posible?

Multas durante el segundo estado de alarma

Durante el segundo estado de alarma, acaecido entre el 25 de octubre de 2020 y el 9 de mayo de 2021, las propuestas de sanción por violar las restricciones impuestas superaron las 300.000, una cifra bastante inferior al número del primer estado de alama. Esto podría deberse a que la situación era menos estricta en ese segundo caso.

Sin embargo, cabe recordar que esta sentencia solo establece como inconstitucional varios preceptos del primer estado de alarma. Sobre el segundo, el TC aún no se ha pronunciado firmemente.

En definitiva, a modo de resumen general, se podría decir que todas aquellas multas impuestas por saltarse el confinamiento que aún no hayan sido tramitadas o que sí lo han sido, pero no ha recaído resolución final, lo más probable es que no lleguen a imponerse al archivarse el procedimiento. Para aquellas personas que pagaron la multa, podrán reclamar la devolución de lo que pagaron a la administración empleando los cauces administrativos o judiciales necesarios

Aun así, cada caso se deberá analizar de forma particular. Para ello, cuentas con Vegas Legal que podremos ayudarte, si estás en uno de esos supuestos y tienes dudas, consúltanos.


 


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